FENALCO BOGOTÁ CUNDINAMARCA ADVIERTE QUE EN PROYECTO DE LEY QUE ESTÁ A PUNTO DE APROBARSE EN EL CONGRESO CUYO OBJETIVO ES DEFINIR FUNCIONAMIENTO DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA INCLUYE NUEVAS CARGAS TRIBUTARIAS A LOS CIUDADANOS.


El Proyecto de Ley Orgánica 152 que se discute en el Congreso de la República tiene como objetivo definir el funcionamiento de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca como entidad administrativa de asociatividad regional de régimen especial con el objeto de garantizar la ejecución de planes y programas de desarrollo sostenible. No obstante, al revisar el texto, FENALCO Bogotá Cundinamarca llama la atención sobre unos artículos, que pretenden generar y aumentar las cargas tributarias de los ciudadanos.

De manera puntal se incluye sobretasa del impuesto a la delineación urbana (artículo 39), plusvalía (artículo 40), creación de la Contribución Regional de Valorización (artículo 41), Derechos por el uso de las Terminales de Transporte y Centro de Intercambio Modal (artículo 38), y quizás el que más preocupa es el artículo 43 que pretende entregar  autorización al Distrito Capital, al Departamento de Cundinamarca y a los municipios del mismo que se asocien a la Región Metropolitana para que puedan imponer sobretasas hasta del 5% respecto a los impuestos de su propiedad o por ellos administrados, lo cual se traduce en un mayor valor a pagar por impuestos como el Predial, vehículos o alumbrado público.

Juan Esteban Orrego, director de FENALCO Bogotá Cundinamarca, denuncia que “con mucha preocupación vemos algunos apartes de este Proyecto de Ley, pues no tiene sentido y es sobre todo INCONSTITUCIONAL pensar que por solo el hecho de crear una organización administrativa del territorio incremente lo que un ciudadano debe pagar por impuestos. Adicionalmente, Bogotá es la ciudad que más tributa, que aún no ha alcanzado niveles de recuperación que se compare a los de pre pandemia y más aún teniendo en cuenta que impuestos como el Predial ha incrementado de manera progresiva e inconsciente desde hace por lo menos 10 años, convirtiéndose en un impuesto que puede ser confiscatorio”.

Frente a este panorama el Gremio de los Comerciantes hace un llamado urgente para evitar perjudicar más al tejido empresarial, y a los ciudadanos en general, por lo que solicita se elimine el artículo 43 de tan importante Proyecto de Ley.

Envío Cuenta de Cobro

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1. Documento de identidad (Solo en la primera cuenta de cobro)
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4. Planilla de Seguridad Social (PILA).
 

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Solicitud Levantamiento de Prenda

  • La solicitud de levantamiento de prenda debe enviarse al correo electrónico servicioalcliente@fenalcobogota.com.co de FENALCO Bogotá Cundinamarca, adjuntando los siguientes documentos:
    1. Diligenciar completamente con firma y huella el Formato adjunto “FM-PMCL-05 Modelo Solicitud Levantamiento de Prenda”.
      En caso de que sea más de un propietario, se debe diligenciar uno por cada propietario.
    2. Fotocopia de la tarjeta de propiedad legible al 150%. En caso de no contar con este documento adjuntar certificado de tradición no mayor a 30 días hábiles de expedido.

Importante la tarjeta de propiedad o certificado de tradición debe indicar que el vehículo tiene prenda a favor de FENALCO Bogotá y/o FENALCO.

    1. Para Persona Natural: fotocopia al 150% legible de la(s) cédula(s) de ciudadanía del (los) propietario(s)
    2. Para Persona Jurídica: fotocopia de la cédula del representante legal legible al 150% y cámara de comercio de la empresa no mayor a 60 días.
    3. Acta de defunción y escritura pública del juicio de sucesión – (casos en que el titular haya fallecido). En el caso de varios herederos adjuntar el poder que otorgan a quien realizará los trámites del levantamiento.
    4. Diligenciar completamente y firmar el acta de recibido a satisfacción.
    5. Adjuntar copia del pago del levantamiento de prenda, el cual tiene un costo de $48.000 (Aplica para primera vez o duplicado).
    6. Adjuntar copia del pago del envío únicamente para domicilios fuera de Bogotá, el cual tiene un costo adicional de $32.000.
  • Tiempo de Entrega: El levantamiento de prenda se entregará 10 días hábiles después del envío de los documentos completos a FENALCO Bogotá Cundinamarca.
  • Pagos: Puede realizar los pagos del valor del levantamiento de prenda y del costo del envío fuera de Bogotá en el banco Davivienda cuenta de ahorro No. 009200365832, titular de la cuenta FENALCO BOGOTÁ, en un formato de recaudo empresarial, referencia 1 debe escribir el número de cédula del titular y referencia 2 debe escribir el número de teléfono.
  •  Información Adicional: solicitarla al correo servicioalcliente@fenalcobogota.com.co

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Solicitud Paz y Salvo

La emisión de  paz y salvos y/o certificaciones tienen un costo de $15.000, el cual puede ser cancelado directamente en nuestras oficinas ubicadas en la Carrera 4 # 19-85 en la ciudad de Bogotá o en el Banco Davivienda cuenta de ahorros No. 009200365832 consignación a nombre del FENALCO BOGOTÁ, Referencia No. 1 Número de cédula del titular y Referencia No. 2 escribir el número de teléfono o celular.

La entrega del paz y salvo se realizará únicamente al correo electrónico previamente informado por el solicitante.

La expedición del paz y salvo se realizará cinco (5) días hábiles después de recibida la solicitud en el correo electrónico servicioalcliente@fenalcobogota.com.co, con los siguientes documentos completos y legibles: 

Requisitos para la solicitud de paz y salvos:

  1. Diligenciar completamente y firmar el formato FM-PMCL-06 solicitud de paz y salvo.
  2. Diligenciar completamente y firmar el Acta de Recibido a Satisfacción.
  3. Copia legible de la consignación realizada por el costo de paz y salvo.
  4. Enviar la documentación enunciada en los numerales a), b) al correo electrónico servicioalcliente@fenalcobogota.com.co – Asunto Solicitud Paz y Salvo y el número de cedula del titular.
  5. En caso de requerir el documento físico y no poder acercarse personalmente a nuestras oficinas a recogerlo, puede autorizar a un tercero quien deberá presentar carta de autorización con firma y huella del titular y copia de las dos cédulas (titular y autorizado) ampliadas al 150%.

 

Nota: El paz y salvo que requieran en físico y que deba ser enviado a otras ciudades, se enviará diez (10) días hábiles después de recibida la solicitud con toda la documentación a la ciudad y dirección indicada por el solicitante. Para ello deberá cancelar el costo adicional del envío que será de $32.000 e incluir dentro de la documentación el soporte de este pago.

Información Adicional: solicitarla al correo servicioalcliente@fenalcobogota.com.co, o al  PBX (601) 350 0699, opción 1.

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