El Gremio de los comerciantes celebra la expedición de la Circular N.007 de 2024, emitida por la Administración Distrital, la cual establece lineamientos claros sobre la verificación de requisitos para la apertura y funcionamiento de establecimientos comerciales en Bogotá.
El documento reitera que los únicos requisitos de apertura y funcionamiento de los comercios son los definidos por el artículo 87 de la Ley 1801 de 2016 y que ninguna autoridad puede exigir a los comerciantes requisitos adicionales o permisos que no estén claramente estipulados en la ley.
Adicionalmente, la circular precisa que el “concepto de bomberos” no es un requisito obligatorio para la apertura o funcionamiento de los establecimientos comerciales, y no puede ser objeto de cobro. Además, da instrucción a todas las entidades para que eliminen este requisito de sus páginas web, formatos y demás mecanismos de verificación, con el fin de evitar confusiones y trámites innecesarios.
Juan Esteban Orrego, director de FENALCO Bogotá Cundinamarca, aseguró que esta medida representa un gran avance hacia la seguridad jurídica necesaria para la reactivación económica y el fortalecimiento de la actividad comercial formal. “Agradecemos la acertada labor por parte de las Secretarías Distritales de Gobierno y General y reiteramos nuestra disposición para continuar avanzando en esta materia, así como seguir participando en la mesa antitrámites que lidera los Concejales Daniel Briceño y Sandra Forero y que surge del Plan Distrital de Desarrollo”.