Por considerarlo un tema de su especial interés, atentamente les informamos que FENALCO se ha pronunciado frente al Ministerio de Hacienda y a la DIAN respecto de la próxima entrada en vigencia del Decreto 2876 de 2013 el cual reglamenta el artículo 850-1 del Estatuto Tributario en lo referente a la devolución del IVA por pagos con tarjeta débito y crédito y/o con la utilización de servicios de banca móvil y de su proyecto de modificación.
Tal como lo pudieron ver en los recientes pronunciamientos en medios del doctor Guillermo Botero, Presidente del Gremio, hicimos énfasis en que todas las adecuaciones de la infraestructura tecnológica para implementar lo dispuesto en el Decreto 2876, corresponden única y exclusivamente al sistema financiero, y no al comercio, ya que aquel es quien administra el software que emite los comprobantes de pago mediante estos sistemas, y es allí donde la norma exige que se diferencie el valor del impuesto.
Quedamos muy atentos a informarles los avances al respecto.
Para acceder al texto de la sentencia, por favor hacer clic aquí.